A menudo, un buen lugar para comenzar es considerar cuál es su ingreso este año o qué ingreso declaró en su declaración de impuestos el año pasado. Sin embargo, si sus circunstancias han cambiado desde entonces (por ejemplo, si recientemente perdió su trabajo), debe hacer su mejor estimación de cuál será su ingreso el próximo año.
Documentación
El mercado de seguros de salud comparará las estimaciones de sus ingresos con los registros del Servicio de Impuestos Internos, la Administración del Seguro Social y otras fuentes. Si su estimación y los registros oficiales no coinciden, pero cumple con todos los demás requisitos de elegibilidad, se le pedirá que proporcione documentación para respaldar su proyección de ingresos. Si no tiene esa documentación a la mano, el Mercado de Salud le proporcionará créditos fiscales premium por hasta 90 días mientras recopila y envía su documentación para su verificación. Es muy importante que proporcione cualquier documentación solicitada por el mercado de manera oportuna; si no lo hace, sus créditos fiscales premium podrían reducirse o cancelarse. Si tiene problemas para obtener su documentación, puede solicitar una extensión en el mercado.
Informe de cambios
Es común que los ingresos fluctúen, especialmente si trabaja por cuenta propia, realiza trabajos de temporada o tiene varios trabajos. Para lograr el monto de crédito fiscal premium más preciso, debe informar los cambios de ingresos al mercado de seguros de salud dentro de los siguientes 30 días.
Consecuencias de subestimar los ingresos
Si estima incorrectamente sus ingresos y termina reclamando más ayuda de la que es elegible, es posible que deba devolver parte o la totalidad de los créditos fiscales premium que recibió. Para evitar tener que devolver los créditos fiscales premium, podría considerar esperar hasta que presente su declaración de impuestos para tomar todo o una parte del crédito fiscal premium en su declaración de impuestos en lugar de recibir pagos por adelantado.
Alivio por sobreestimación de ingresos
Si sobreestima sus ingresos y termina reclamando menos ayuda de la que tiene derecho, se le reembolsará la diferencia cuando presente sus impuestos el año siguiente. Además, si su ingreso anual según lo informado en sus impuestos está por debajo del límite de ingreso para la elegibilidad de Medicaid, no tiene que devolver los créditos fiscales premium que recibió. Por ejemplo, si proyectó sus ingresos en el 140 por ciento del nivel federal de pobreza, pero su ingreso anual es en realidad el 130 por ciento del nivel federal de pobreza (lo que lo hace elegible para Medicaid), no tiene que devolver el crédito fiscal premium recibido. De hecho, es probable que el monto final de su crédito sea mayor que el monto que recibió por adelantado. Tenga en cuenta que si termina ganando más de lo que proyectó en su solicitud y no era elegible para la cantidad de créditos fiscales premium que recibió, es posible que deba devolver una parte de esos créditos fiscales.
(IRS, Preguntas y respuestas sobre el crédito fiscal de prima; CMS, Flexibilidades de operaciones por no presentar y reconciliar (FTR) para el año del plan 2023; 45 C.F.R. §§ 155.310(k), 155.320(c), 155.340; 26 C.F.R. § 1.36B -4).